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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325011
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5001
AGUAS, USO INDEBIDO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5001
Si la parte quejosa ha disfrutado del servicio de agua, proveniente de una tubería de propiedad particular, debe declararse legalmente fundado el acuerdo consistente en que se les prive de ese uso sin que sea óbice a lo anterior, el criterio de que debe seguirse un procedimiento en el que se oiga previamente a dicha parte quejosa, toda vez que, en el caso, no se trata de privarlo de un derecho, sino por el contrario, de que cese la violación del derecho del propietario de la instalación del agua.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2615/42. Carreon Eustolia y coags. 17 de junio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gabino Fraga. Relator: Franco Carreño.