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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325013
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5015
SALUBRIDAD, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSION CONTRA LAS DISPOSICIONES DE (LEGISLACION DE TAMAULIPAS).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5015
Contra la aplicación del Decreto Número 454 de veinticinco de diciembre de mil novecientos cuarenta y dos, consistente en que se le exige al quejoso un permiso comercial y tarjeta de salud, no procede la suspensión, por tratarse de una cuestión de orden público, en la que existe interés general, pues la aplicación de medidas de carácter sanitario, tiene por objeto garantizar, en favor del público consumidor, la buena salud de las personas que expenden artículos de primera necesidad.
Precedentes
Tomo LXXVI, página 7379. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 3480/43. "El Centro Mercantil", S. de R. L. 23 de junio de 1943. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gabino Fraga.
Tomo LXXVI, página 5015. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 3481/43. Salman Miguel. 17 de junio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gabino Fraga. Relator: Franco Carreño.