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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325024
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5154
PAN, SUSPENSION EN CASO DE CLAUSURA DE EXPENDIOS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5154
Es improcedente conceder la suspensión contra la orden de clausura de un expendio de pan, que no cuenta con la licencia respectiva, porque de concederse la medida, se perjudicaría el interés general que radica esencialmente en que todas las actividades mercantiles e industriales estén debidamente legalizadas, para lo cual es preciso la observancia de reglamentos que normen esas actividades, sin que pueda argumentarse en contrario, que dichas negociaciones pueden funcionar indebidamente sólo porque se estén llevando a cabo los tramites para obtener la licencia respectiva.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 2065/43. Navalón Josefina. 18 de junio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett B. La publicación no menciona el nombre del ponente.