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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325030
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5272
REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSION TRATANDOSE DE ACTOS DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5272
No procede la suspensión tratándose de actos inherentes al Registro Público de la Propiedad, porque existe interés general de esos actos, a fin de evitar la confusión que originaría el hecho de que dos personas aparezcan como propietarias de un mismo predio; por lo que si el registrador manifestó haber inscrito una escritura de venta, no debe suspenderse la inscripción correspondiente a la cancelación del anterior propietario, a fin de evitar el referido perjuicio para el interés general.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 537/43. Navarro Julio.- 21 de junio de 1943.- Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.