Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/325033
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325033
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5404
AGUAS, CONCESIONES DE, A TERCEROS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5404
Si con los documentos que exhibió como prueba el recurrente, se demuestra que tiene derecho a determinada cantidad de agua y que es propietario del terreno que ampara la escritura respectiva, pero no se acredita que reciba cantidad menor de ese líquido, de la que le corresponde, o que por cualquier otro motivo reciba algún daño o perjuicio con la concesión otorgada al tercero perjudicado, ya que de la inspección ocular que corrobora los informes de las autoridades responsables, se demuestra que el agua que utiliza dicho tercero, como generadora de fuerza motriz vuelve al mismo cause del río, sin disminuir su volumen es indudable que no se lesionan los intereses del quejoso.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1336/43. García Saturnino. 22 de junio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gabino Fraga. La publicación no menciona el nombre del ponente.