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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325038
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5571
TRIBUNAL FISCAL, IMPUGNACION DE LA JURISPRUDENCIA DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5571
Si la impugnación de la jurisprudencia sentada por el Pleno del Tribunal Fiscal, se hizo por vía de concepto de violación, evidentemente la quejosa no estaba obligada a señalar a dicho Pleno, como autoridad responsable, para que pudiera enjuiciarse la jurisprudencia en cuestión, en el amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 719/43. "Yelmo", S. A.- 23 de junio de 1943.- Unanimidad de cinco votos. Relator: Gabino Fraga.