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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325052
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 6084
PULQUERIAS, IMPOSICION DE MULTAS (LEGISLACION DEL DISTRITO FEDERAL).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 6084
Contra el levantamiento de infracciones y la imposición de multas, con relación a las pulquerías, sus propietarios tienen un medio ordinario de defensa que otorga la fracción IV, del artículo 831 de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, antes de ocurrir al amparo, medio de defensa que no se agota, da causa a la improcedencia del amparo, de acuerdo con la fracción XV, del artículo 73, de la ley de la materia.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2412/43. Rodríguez Murillo Rogelio.- 28 de junio de 1943.- Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio Mendoza González.