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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325121
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 993
AUTORIDADES RESPONSABLES EN EL AMPARO, LAS SUPERIORES NO PUEDEN REPRESENTAR A LAS INFERIORES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 993
De acuerdo con el artículo 19 de la Ley de Amparo, las autoridades superiores no pueden representar en el juicio de garantías, a las inferiores, que gozan de autonomía y atribuciones propias, como es el caso en que el secretario de Agricultura y Fomento interponga revisión a nombre del director General Forestal y de Caza y Pesca, recurso que en tales condiciones debe desecharse.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5078/41. Moreno Marcos. 14 de enero de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio Mendoza González.