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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325163
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 2015
EMPRESAS DE FERROCARRILES, RECURSO QUE NO DEBEN AGOTAR LAS, CONTRA EL COBRO DE CUOTAS CORRESPONDIENTES A POZOS ARTESIANOS, EN EL DISTRITO FEDERAL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 2015
Siendo las empresas de ferrocarriles, vías generales de comunicación, es claro que no deben agotar, previamente al amparo, los recursos o medios ordinarios de defensa a que se refiere el artículo 831 de la Ley de Hacienda vigente, contra el cobro de cuotas tratándose de pozos artesianos, por encontrarse protegidas por el texto del artículo 7o. de la Ley de Vías Generales de Comunicación, que crea a su favor un régimen de excepción, al eximirlas de contribuciones impuestas por el Departamento del Distrito Federal.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8755/42. Compañía Limitada del Ferrocarril Mexicano. 25 de enero de 1943. Mayoría de tres votos. Disidentes: Manuel Bartlett Bautista y Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.