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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325176
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 2188
CERVECERIAS, CLAUSURA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 2188
Si de las pruebas rendidas en el incidente de suspensión y que en copia certificada se presentaron en el juicio principal, aparece que en el informe previo las autoridades responsables manifestaron haber llevado la clausura de un expendio de cerveza en determinada fecha, esa manifestación sólo acredita el hecho de la clausura del establecimiento que funcionaba a nombre de persona distinta de la del quejoso, pero de ninguna manera es una prueba adecuada para destruir el valor probatorio de los documentos que se anexaron al informe con justificación, con los que se acreditó que la cervecería del quejoso fue clausurada en otra fecha.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6677/42. Santos Concha Ranulfo. 27 de enero de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Gabino Fraga.