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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325206
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 2561
CLAUSURA DE ESTABLECIMIENTOS, JUSTIFICACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 2561
Si se ha demostrado con la licencia respectiva, el funcionamiento legal de una cervecería, la que fue otorgada según se expresa en la misma, con los requisitos reglamentarios correspondientes y si tratándose de la clausura de dicho establecimiento, las autoridades responsables, para demostrar que no reúne aquellos requisitos, exhibieron copia de constancias, la que no fue firmada por el funcionario que aparece expidiéndola, debe concluirse que a esa certificación no puede otorgársele ninguna fuerza probatoria, por lo que debe decirse que no se justificó la clausura decretada, con lo que queda comprobada la violación de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8172/42. Fernández Sánchez Aquilino. 1o. de febrero de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.