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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325224
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 2959
AUTORIDADES RESPONSABLES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 2959
Si el quejoso señala en su demanda a determinada autoridad, con el carácter de responsable y el Juzgado de Distrito correspondiente le notifica legalmente con ese carácter, si posteriormente no comparece en juicio, su actitud redunda en perjuicio de la misma, y si omite producir su informe justificado, es justa la resolución que tenga como presuntivamente ciertos los actos que de esa autoridad se reclaman, con apoyo en el artículo 149 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8468/42. Cacho Díaz Agustín A. 3 de febrero de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Gabino Fraga.