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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325235
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 3001
PRUEBA TESTIMONIAL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 3001
Si en el amparo, se ofrece y rinde la prueba testimonial, y solamente declaró uno de los testigos, es evidente que tal declaración no puede tener valor alguno, atentos los principios que sobre la materia se contienen en el artículo 346 del Código Federal de Procedimientos Civiles, y no existen, por otra parte, las circunstancias a que se refiere el artículo 348 del mismo ordenamiento, para que pueda tener valor el dicho de un solo testigo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8832/42. Rodríguez José y coags. 3 de febrero de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Gabino Fraga.