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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325241
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 3220
ARTICULOS DE CONSUMO NECESARIO, MULTAS IMPUESTAS POR LA SECRETARIA DE LA ECONOMIA NACIONAL, POR EXPENDER CARNES A PRECIOS SUPERIORES A LOS FIJADOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 3220
Debe concederse el amparo, contra la imposición de multas porque se expenda carne de res al mayoreo, a precios superiores a los máximos autorizados en el acuerdo de veinticuatro de marzo de mil novecientos treinta y nueve, ya que este acuerdo es inconstitucional, en virtud de haber sido expedido por el secretario de la Economía Nacional, sin contar con facultades legales para ello.
Precedentes
Tomo LXXV, página 8760. Indice Alfabético. Amparo en revisión 9637/42. Fernández Teodoro. 12 de febrero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gabino Fraga. Ponente: Octavio Mendoza González.
Tomo LXXV, página 3220. Amparo administrativo en revisión 5813/42. Villaseca Bautista. 4 de febrero de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.