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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325246
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 3413
INFORME JUSTIFICADO A NOMBRE DEL GOBERNADOR DEL ESTADO DE HIDALGO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 3413
Debe considerarse cierta la existencia de los actos reclamados que se atribuyan al gobernador y al secretario general del Gobierno del Estado de Hidalgo, si a su nombre, el jefe del Departamento de Gobernación rinde sus informes justificados, pues aunque en el caso fueron negativos, esta negativa queda desvirtuada por el hecho de haberse rendido dichos informes por un funcionario a quien no compete la representación legal, requerida para el efecto, conforme al artículo 19 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4427/42. Coria Bustos Víctor Manuel. 8 de febrero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.