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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325272
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 3952
PEQUEÑA PROPIEDAD, IMPROCEDENCIA DEL AMPARO TRATANDOSE DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 3952
La fracción XIV del artículo 27 de la Constitución Federal, excluye al Poder Judicial del conocimiento de toda controversia que pudiera suscitarse contra las resoluciones presidenciales dotatorias o restitutorias de tierras y aguas, aun respecto de aquéllas cuya inconstitucionalidad se hagan derivar de la afectación de una pequeña propiedad agrícola, por resolución presidencial que declare procedente la solicitud de ampliación de ejidos promovida por los vecinos de un poblado.
Precedentes
Tomo LXXV, página 9253. Indice Alfabético. Amparo en revisión 8935/40. Herrera viuda de Garduño Elena. 5 de marzo de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gabino Fraga. Ponente: Octavio Mendoza González.
Tomo LXXV, página 9253. Indice Alfabético. Amparo en revisión 9634/42. Rosales Roberto, sucesión de. 25 de febrero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. Ponente: Gabino Fraga.
Tomo LXXV, página 9253. Indice Alfabético. Amparo en revisión 9702/42. Rosales Guillermo. 18 de febrero de 1943. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Franco Carreño.
Tomo LXXV, página 3952. Amparo administrativo en revisión 607/42. Palma José B. 15 de febrero de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.