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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325281
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 4168
COMISION AGRARIA MIXTA, REPRESENTANTES ESTATALES EN LA, NO TIENEN DERECHO A COBRAR EMOLUMENTOS, LOS QUE NO HAYAN DESEMPEÑADO EL CARGO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 4168
El derecho a percibir emolumentos es accesorio del desempeño del cargo, y tratándose de representantes estatales ante la Comisión Agraria Mixta, debe decirse que tiene derecho a cobrar emolumentos quien haya desempeñado ese puesto, y viceversa, carece de ese derecho, quien no lo haya hecho así. Lo anterior no prejuzga sobre la responsabilidad civil en que pudieran haber incurrido las autoridades responsables, por lo que concierne a la privación de los emolumentos inherentes a la prestación de las funciones, pues si bien la vía de amparo no es el medio apto para reclamar la privación de los mencionados emolumentos, esto no quiere decir que el interesado, si lo juzga conveniente, no pueda demandar el pago de la indemnización por los daños y perjuicios de carácter patrimonial, que pudiera haberle ocasionado las mencionadas autoridades responsables.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8935/42. Niño José P. 17 de febrero de 1943. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Manuel Bartlett Bautista. La publicación no menciona el nombre del ponente.