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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325285
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 4182
PANADERIAS, CLAUSURA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 4182
Tratándose de una clausura es necesario, para acreditarla, que se acompañe original copia certificada de algún documento que compruebe, directamente, la realización de tal hecho, como puede ser, por ejemplo, el acta de clausura, o el informe rendido por quienes la llevaron a efecto, no siendo bastante la prueba indirecta que resulta del informe rendido por un jefe de oficina a otro funcionario de igual categoría.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4876/42. Martínez Matadamas Lucina. 17 de febrero de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Gabino Fraga.