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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325289
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 4290
REMATES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 4290
Debe desecharse la causal de improcedencia propuesta, fundada en que el procedimiento económico coactivo se siguió en contra de determinada persona y en nada perjudica al quejoso que es un simple ocupante del inmueble, sin título legal alguno, porque por una parte, tal procedimiento sí causa perjuicio a dicho quejoso, por tener la posesión del inmueble secuestrado e incuestionablemente será perturbado en esa posesión, con motivo del remate llevado a efecto, y por otra, por haber alegado tener derechos de propietario sobre el mismo inmueble, por virtud de haberse operado en su favor la prescripción derivada de la posesión de más de cuarenta y cinco años.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 9042/42. Alejandro Heladio. 18 de febrero de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Franco Carreño.