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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
325315
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 4691

EJIDATARIOS, NO DEBE DESECHARSE LA DEMANDA DE AMPARO CONTRA LA AFECTACION DE PARCELAS DE LOS.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 4691

Precedentes

Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó por improcedente la demanda 215/42. Avila Francisco. 24 de febrero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Manuel Bartlett Bautista.
Registro digital (IUS): 325315