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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325406
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 6063
AMPARO, DOCUMENTOS FUNDATORIOS DE LA DEMANDA DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 6063
La presentación de los documentos fundatorios de la demanda de amparo, no constituye ninguno de los requisitos que deben llenarse al promover el juicio de garantías, con arreglo a los artículos 116 y 146 de la ley orgánica relativa, sino que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151 de la misma ley, las pruebas deben ofrecerse y rendirse en la audiencia del juicio, y si bien la documental puede presentarse con anterioridad, esto constituye una facultad potestativa del interesado.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que tuvo por no interpuesta la demanda 652/43. Moncada Jesús. 10 de marzo de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Gabino Fraga.