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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325414
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 6197
ACTOS DE EJECUCION, LEGALIDAD DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 6197
Si los actos de ejecución están apoyados en una disposición legal que no ha sido impugnada como inconstitucional, debe decirse que están fundados y motivados y que provienen de autoridades competentes en la materia, y si se trata de una reglamentación municipal sobre el uso de aparatos de música, esto no impide el ejercicio del comercio a que se dedican los quejosos y por esa ejecución, no ha habido necesidad de seguir el juicio ante los tribunales, ni es obstáculo el que la referida disposición no hubiese sido aplicada antes, si no aparece que haya sido derogada.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4997/42. Fragoso Alfredo y coag. 11 de marzo de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Franco Carreño.