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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325421
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 6319
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, REVISION A NOMBRE DEL, POR UN DEPARTAMENTO AUTONOMO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 6319
Solamente los secretarios de Estado pueden interponer el recurso de revisión a nombre del presidente de la República, y como los jefes de los departamentos autónomos no gozan de esa facultad, el recurso de revisión que interponga el jefe del Departamento Agrario, a nombre del jefe del Ejecutivo, no obstante que éste lo faculte expresamente, debe desecharse.
Precedentes
Queja en amparo en materia de trabajo 376/42. Jefe del Departamento Agrario. 11 de marzo de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.