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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325428
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 6406
PETROLEOS MEXICANOS, AMPARO PARA DEFENDER SU PATRIMONIO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 6406
No es de tomarse en consideración el alegato en el sentido de que el juicio de garantías promovido por Petróleos Mexicanos es improcedente, porque de la demanda respectiva no haya sido instaurada por la Federación, sino por aquella institución, ya que los bienes que componen su acervo, fueron reputados por el inferior, como propiedades de la Federación; porque si bien es cierto que el Gobierno Federal expropió en beneficio de la nación, los bienes pertenecientes a diversas compañías de petróleo, no es menos cierto que el decreto por el que se encomendó el manejo de ese servicio descentralizado al organismo denominado "Petróleos Mexicanos", le confirió su propia personalidad jurídica y, por tanto, es justamente a ella y no al Estado Mexicano, a quien compete la representación legal en juicio y fuera de él, por todos los actos que puedan afectar de manera alguna, los bienes que constituyen su patrimonio.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4365/41. Petróleos Mexicanos. 12 de marzo de 1943. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Manuel Bartlett Bautista.