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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325452
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 6754
AUTORIDADES RESPONSABLES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 6754
El hecho de que el juzgador haya afirmado que debió plantearse la demanda señalando como responsables a las autoridades que expidieron y promulgaron la Ley del Impuesto Local de Herencias, no entraña violación del artículo 11 de la Ley de Amparo, el que señala también como responsables a las autoridades ejecutoras, siendo que ambas pueden ser autoridades responsables al mismo tiempo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8831/42. Aguilar Manuel I., sucesión de. 16 de marzo de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.