Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/325455
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325455
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 6776
PRUEBA TESTIMONIAL EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 6776
Si una de las autoridades responsables manifestó en su informe justificado, no haber girado orden para la demolición de unas fincas y la ocupación de unos terrenos, dicho informe no se desvirtúa con la prueba testimonial, que solamente se circunscribe a demostrar que un oficial del Ejército Nacional, acompañado de otros militares, exigió la desocupación de las fincas y terrenos, por órdenes verbales del jefe de la Zona Militar correspondiente, porque dicha prueba para nada se refiere a la orden que se atribuyó a la Secretaría de la Defensa Nacional; por tanto, el informe negativo debe aceptarse con todo su pleno valor probatorio y debe sobreseerse en el juicio por no haber quedado demostrados los actos reclamados.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8819/42. Ochoa Guillermo G. y coaga. 16 de marzo de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.