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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325499
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 7641
SUPERPROVECHO, INSUBSISTENCIA DEL COBRO DEL IMPUESTO DE LA RENTA SOBRE EL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 7641
Es anticonstitucional la aplicación de la Ley del Impuesto de la Renta sobre el Superprovecho, por retroactiva, durante el ejercicio del año de mil novecientos treinta y nueve, por lo que el quejoso no tenía motivo para presentar sus manifestaciones correspondientes a ese año y, por consiguiente, tampoco existe para que se le impongan multas por infracción al artículo 13 de la expresada ley; y es de concedérsele el amparo contra el cobro de esas sanciones, por omisión de la presentación de las declaraciones correspondientes al periodo fiscal de mil novecientos treinta y nueve, toda vez que siendo retroactiva aquélla aplicación, como se dijo, los causantes no tienen obligación de presentar las referidas manifestaciones.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 79/43. Sánchez Gavito y Compañía, S. en C. 25 de marzo de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Bartlett Bautista.