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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325507
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 7672
INFORME JUSTIFICADO, OPORTUNIDAD PARA RENDIRLO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 7672
Aun cuando la autoridad responsable rinda su informe con justificación, después del plazo que fija el artículo 149 de la Ley de Amparo, debe ser tomado en cuenta por la autoridad juzgadora, siempre que la parte quejosa esté en la posibilidad de objetarlo y de rendir pruebas que se relacionen con el mismo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 10709/42. Legarreta Jimeno José Antonio y coaga. 25 de marzo de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. La publicación no menciona el nombre del ponente.