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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325538
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 8122
AUTORIDADES EJECUTORAS, AMPARO CONTRA LOS ACTOS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 8122
Si las autoridades responsables se limitaron a cumplir una orden emanada de otra autoridad, resulta justificado su procedimiento, si es que esa orden no fue reclamada como inconstitucional, y el quejoso solamente se concretó a entablar el amparo en contra de las autoridades ejecutoras, las que no están obligadas a responder de actos que no han ordenado y que no tienen posibilidad de justificar constitucionalmente, tanto más, si se tiene en cuenta que tampoco fueron reclamados vicios propios del procedimiento coactivo, para hacer efectiva la multa impuesta, única impugnación de la que si estaban capacitadas para responder.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8463/42. Goraieb Jorge M. 29 de marzo de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.