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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325551
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 40
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, CALIFICACION ESTIMATIVA DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 40
Si habiendo girado oficio a un causante, la oficina correspondiente, para que ministrara la documentación relativa, con apercibimiento de que de no hacerlo, se procedería a la calificación oficiosa, éste no lo hace, es claro que procede la calificación que se haga por estimación, sin que sea de tomarse en consideración el alegato de que se hubiera negado valor probatorio a un oficio, en cuyo margen es visible la inicial del empleado que recibió y revisó los libros y comprobantes que envió al citado causante, al recibir el mencionado oficio; ya que el hecho de que exista una inicial al margen del oficio referido, no puede tomarse como demostración o evidencia de que efectivamente haya dado cumplimiento a la prevención que se hizo, máxime si de una copia certificada del mismo oficio, aparece de modo expreso lo siguiente: "No habiendo ministrado la documentación solicitada, en cumplimiento del acuerdo respectivo, procede la calificación procede la calificación por estimación......".
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4516/40. Hernández Candelas Jesús. 1o. de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gabino Fraga. La publicación no menciona el nombre del ponente.