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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325553
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 46
AMPARO, PERSONALIDADES DIVERSAS PARA PROMOVERLO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 46
Si la personalidad con que el albacea de una sucesión promovió un amparo, no es la misma con la que se ostentó en otro, ya que en aquél, le instauró por su propio derecho, y en éste como albacea de una sucesión, es claro que se trata de distintas personalidades en los juicios de referencia, por lo que no se encuentra comprendido el caso, dentro de los requisitos que exige la fracción III del artículo 73 de la Ley de Amparo, esto es, no existe causa de improcedencia.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3438/42. Cruz viuda de Arévalo María, sucesión de. 1o. de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.