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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325577
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 372
ADMINISTRACION OBRERA DE LOS RASTROS DEL DISTRITO FEDERAL, PERSONALIDAD DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 372
Los artículos 8o. y 9o. de la Ley de Amparo conceden a las personas morales la facultad de interponer el juicio de garantías, pero la administración obrera de los rastros del Distrito Federal, no tiene esa personalidad, ya que conforme al decreto de 11 de enero de 1939, los servicios de rastros deben ser presentados por el Departamento del Distrito Federal, por conducto de la administración obrera, de donde resulta que esta última no es más que una intermediaria que carece de toda personalidad jurídica propia, la cual tiene dicho departamento, pues únicamente se ha hecho la promesa de que en el próximo periodo de sesiones, se presentará al Congreso de la Unión, una iniciativa para crear una corporación pública con personalidad jurídica propia, pero mientras eso no suceda, la susodicha administración no cuenta con una personalidad moral independiente.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4839/42. Administración Obrera de los Rastros del Distrito Federal. 6 de octubre de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.