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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325600
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 790
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE SALUBRIDAD PUBLICA, INFORME A NOMBRE DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 790
Debe tenerse presuntivamente como cierto el acto que se reclame del jefe del Departamento de Salubridad Pública, cuando el informe rendido en el amparo no aparezca suscrito por él, sino por el jefe de la Oficina Jurídico-Consultiva, ya que en tales condiciones, dicho informe carece de todo valor, en virtud de que la Ley de Amparo en su artículo 19, expresamente establece que las autoridades responsables no pueden ser representadas en el juicio de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5256/42. Quintanal Salvador. 9 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Relator: Gabino Fraga.