Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/325608
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325608
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 828
AGRAVIOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 828
Son inoperantes los agravios para los efectos de la revisión cuando los argumentos en que se les hace consistir, fueron ya esgrimidos como conceptos de violación en la demanda y estudiados y desechados por el Juez de Distrito, ya que en tales condiciones, no reúnen los requisitos que la técnica jurídica procesal señala para la expresión de agravios, al no impugnar el fallo del inferior, mediante la demostración de violaciones de ley de fondo o forma, en perjuicio del quejoso en que incurra el propio fallo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5693/42. Contadores y Auditores, S. A. 9 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Relator: Gabino Fraga.