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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325622
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 980
DEMANDA DE AMPARO, IDENTIFICACION DE LOS PROMOVENTES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 980
Es correcta la decisión de un Juez de Distrito, que tenga por no interpuesta la demanda, por lo que hace a determinados quejosos, si es que éstos no lo ratificaron ya que este requisito es indispensable, si dichos promoventes no la suscribieron, y solamente imprimieron sus respectivas huellas digitales, pues éstas no son bastantes para su debida identificación.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6196/42. Pérez José Guadalupe y coagraviados. 13 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Manuel Bartlett Bautista.