Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/325655
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325655
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1241
AUSENTISMO, IMPUESTO SOBRE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1241
No basta para tener a las personas ausentes como comprendidas dentro de la figura jurídica del ausentismo, el hecho de estar fuera del país, sino se requieren las circunstancias de radicación y domicilio fuera del mismo, por determinado tiempo, anterior a los ejercicios fiscales, y que esa ausencia esté manifiesta y registrada en los patrones respectivos.
Precedentes
Amparo administrativo directo 5139/41. Banco de Londres y México, S.A. 15 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Alfonso Francisco Ramírez no intervino por las razones que constan en el acta del día. Relator: Franco Carreño.