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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325659
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1261
VENDEDORES EN PUESTOS SEMIFIJOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1261
Si los quejosos no acreditaron tener expedidas a su favor licencias otorgadas por la oficina respectiva, sino que aparecen como locatarios y poseedores de puestos semifijos, como éstos, por su naturaleza son susceptibles de ser removidos, su remoción no puede considerarse como una auténtica violación de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1949/42. Castel de Oro Arturo y coagraviado. 15 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.