Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/325660
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325660
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1262
VENDEDORES AMBULANTES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1262
Si se trata de desalojar a unos locatarios, poseedores de puestos semifijos, del primer cuadro de la ciudad, con ello no se les impide el ejercicio de sus actividades comerciales, puesto que la aplicación es limitada y de modo concreto solamente dentro de dicho primer cuadro, mas no en otros lugares en donde podrán seguir desempeñando su trabajo, siempre y cuando se sujeten a las disposiciones establecidas en los reglamentos de la materia.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1949/42. Castel de Oro Arturo y coagraviado. 15 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.