Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/325666
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325666
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1438
EJIDOS, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSION CONTRA LAS DISPOSICIONES DE DOTACION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1438
Contra la ejecución de una resolución presidencial, concediendo tierras por concepto de dotación de ejidos, no procede la suspensión, por ser de interés público el cumplimiento de esa clase de resoluciones, y por no surtirse el requisito a que se refiere la fracción II del artículo 124 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 7390/42. Carrillo Juan y coagraviados. 16 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Relator: Franco Carreño.