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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325667
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1443
PUESTOS DE COMERCIO EN LAS PLAZAS, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSION CONTRA LA ORDEN DE DISMINUIR SUS DIMENSIONES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1443
Si habiéndose concedido permiso a una persona para el establecimiento de un puesto para expender comidas en una plaza, este establecimiento no se ajusta a las medidas que le fueron señaladas, si la autoridad correspondiente ordena su recorte, es improcedente conceder la suspensión contra tal orden, ya que esa persona no ha cumplido con los requisitos establecidos en el permiso que le fue otorgado para su funcionamiento, porque tales medidas tienen como fin la aplicación de disposiciones de orden público, que son de interés general.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 7391/42. Silva Robledo Anastasia. 16 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Relator: Roque Estrada.