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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325680
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1619
OFICINAS FEDERALES DE HACIENDA, RECURSO QUE DEBE AGOTARSE PREVIAMENTE AL AMPARO CONTRA LAS RESOLUCIONES DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1619
Contra la resolución del jefe de una Oficina Federal de Hacienda, que tenga por no interpuesto el recurso de revisión a que se refiere el artículo 227 del Código Fiscal, no puede hacerse valer el alegato en el sentido de que no se trata de resolución alguna, porque por tal debe entenderse el acto jurídico por el cual una autoridad competente, apreciando la certeza de los hechos e invocando el derecho aplicable, resuelve la controversia planteada ante ella o concede o niega la petición que se le hubiere formulado; porque esta interpretación es errónea, ya que en casos como el de que se trata, la verdadera acepción y los alcances jurídicos de la palabra "resolución", consisten en que debe entenderse por tal, toda determinación de una autoridad que resuelva un asunto; es decir, la providencia o proveído en cuestión, constituye indudablemente una resolución, y si la fracción IV del artículo 160 del Código Fiscal, establece un recurso ordinario ante el Tribunal Fiscal, para combatir esa clase de resoluciones que pudieran llamarse no especificadas, es correcto el fallo que estime aplicable la causa de improcedencia que se deriva, por no agotarse dicho medio de defensa, antes de acudir al juicio de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6249/42. Petróleos Mexicanos. 19 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.