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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
325696
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1840

AGRAVIOS.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1840

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 2322/42. Leger María Cecilia. 21 de octubre de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Gabino Fraga. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, Común. Jurisprudencia 34, página 59, bajo el rubro "AGRAVIOS EN LA REVISION DEBEN REFERIRSE A DERECHOS." Jurisprudencia 41, página 66, bajo el rubro "AGRAVIOS. NO LO SON LAS AFIRMACIONES QUE NO RAZONAN CONTRA LOS FUNDAMENTOS DEL FALLO QUE ATACAN."
Registro digital (IUS): 325696