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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325705
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1932
AUTORIDADES RESPONSABLES, SU REPRESENTACION EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1932
Las autoridades responsables no pueden ser representadas en el juicio de garantías, de acuerdo con el artículo 19 de la Ley de Amparo, y nada vale en contrario que leyes de otra índole establezcan la legitimidad de la representación de las autoridades superiores por las inferiores, inclusive en negocios judiciales, porque estando en contradicción con las disposiciones de la Ley de Amparo, deben siempre prevalecer las de esta última, por ser la personaría un aspecto propio y peculiar de la materia que rige la citada ley.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6609/42. Echevarría Manuel. 22 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente y relator: Gabino Fraga.