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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325715
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1960
SUSPENSION, COTEJO Y COMPULSA DE DOCUMENTOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1960
El cotejo y compulsa de documentos solamente puede ordenarse por el Juez, en los casos previstos por los artículos 258, fracción VI, 263, 266, 267 y 268 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 6869/42. Pureco Lozano Víctor y coagraviados. 22 de octubre de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Gabino Fraga.