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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325750
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 2701
NACIONALIZACION DE BIENES, CUANDO NO DEBE LLEVARSE A CABO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 2701
Para los efectos de la nacionalización de una casa, no puede servir de fundamento el que, al practicarse un cateo en la finca se hallaran diversos objetos entre los que figuren algunas imágenes de distintas agrupaciones religiosas, así como muebles apropiados para el culto, ya que de ese hallazgo no se pueden deducir las consecuencias que pretende la Secretaría de Hacienda, para justificar su resolución de nacionalización, bajo el pretexto de que, no pueden servir sino para la celebración de actos de carácter religioso, ya que es incuestionable que tales objetos se encuentran en multitud de hogares, sin que por tal hecho pueda desprenderse la conclusión de que en éstos se practiquen actos de cultos religiosos, y por tanto, sean susceptibles de nacionalizarse las casas en que se puedan encontrar alguno o algunos de esos objetos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4252/39. Velasco y Uria dionisio de y coagraviados. 29 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. La publicación no menciona el nombre del ponente.