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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325755
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 2833
SOBRESEIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 2833
Si en el agravio que se endereza contra el sobreseimiento decretado por el Juez de Distrito, no se atacan las razones que se tuvieron para decretarlo, sino que, desconociéndose la naturaleza de la segunda instancia, se pretende atacar nuevamente los actos reclamados, debe concluirse que a pesar de la deficiencia del agravio mencionado, el sobreseimiento de todos modos deberá tomarse en cuenta, por una cuestión de orden público que debe estudiarse de oficio.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4951/42. González Dueñas Eduardo. 30 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. Relator: Franco Carreño.