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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325769
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 3004
EMPLEADOS PUBLICOS, SUSPENSION CONTRA EL COBRO DE LOS SUELDOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 3004
Procede conceder la suspensión, tratándose de la suspensión de sueldos de empleados, ya aunque la orden dada para tal suspensión de sueldos, es una sola, como los pagos se verifican quincenalmente, es indudable que la percepción de ellos, por su naturaleza, es de tracto sucesivo, por tener lugar de periodo en periodo, y por lo mismo, procede la medida, por tratarse de hechos continuos, que emanan, como ya se dijo, de una sola orden dictada en ese sentido; pero para que surta efectos el beneficio, debe exigirse fianza, para garantizar los perjuicios que pudieran ocasionarse a la hacienda pública federal.
Precedentes
Tomo LXXIV, página 7169. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 4598/42. Murillo Herrera Sixto. 17 de noviembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXIV, página 7169. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 37/42. Pérez Gavilán Eduardo. 5 de noviembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. Ponente: Octavio Mendoza González.
Tomo LXXIV, página 3004. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 5467/42. Aguirre Córdova Consuelo. 3 de noviembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gabino Fraga. La publicación no menciona el nombre del ponente.