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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325772
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 3044
MARCAS, IMITACION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 3044
De la lectura de los artículos 7o., fracciones VIII y IX, 14 y 39, fracciones, I y IV, de la Ley de Marcas, desprende que para el legislador, una marca imita a otra, cuando puedan confundirse apreciados en conjunto, o atendiendo a los elementos que hayan sido reservados.
Precedentes
Amparo administrativo directo 2719/42. Peña Espinosa Adelaida de la. 4 de noviembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Octavio Mendoza González no votó por las razones que constan en el acta del día.