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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325776
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 3057
MARCAS, INVASION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 3057
No existe la invasión de una marca a otra, en el caso en que dos negociaciones utilicen las misma palabra de registro, en el caso de la "Víctor", si una de las negociaciones la aplica a máquinas parlantes, placas para máquinas, cajas de sonido y motores y accesorios de máquinas parlantes, y la otra, la aplica para amparar cuerdas para instrumentos de cuerdas; ya que es evidente que las cuerdas para los instrumentos musicales de cuerda no, pueden equipararse a los accesorios de máquinas parlantes y mucho menos a los demás efectos reservados para la marca citada al principio, en primer lugar, como máquinas parlantes, placas y motores para las mismas máquinas parlantes y cajas de sonido, esto es ambas marcas amparan artículos distintos.
Precedentes
Amparo administrativo directo 9976/41. R.C.C. Manufacturing Company Inc. 4 de noviembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Octavio Mendoza González no votó por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.