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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325777
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 3064
MULTAS ILEGALES A LAS AUTORIDADES RESPONSABLES, POR FALTA DE JUSTIFICACION DE SUS INFORMES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 3064
El artículo 149 de la Ley de Amparo establece que las autoridades responsables, acompañaran, en su caso, copia certificada de las constancias que sean necesarias para apoyar su informe. Ahora bien, si una autoridad responsable reconoce en dicho informe los hechos fundamentales que le atribuye el quejoso, y no aparece que afirme hechos que ameritaran prueba es claro que se está en el caso de excepción a que se refiere el mencionado precepto, y si el inferior, en tales condiciones, impuso multa a esa autoridad responsable, debe revocarse por ser inexacto que hubiera incurrido en la omisión consistente en la falta de justificación de su informe, justificación que no es necesaria, cuando reconocen los hechos fundamentales que se le atribuyen.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6326/42. Martínez Antonio. 4 de noviembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.